XLII. El Listado de Jubilados y Pensionados y el Monto que reciben.
Todos los Sujetos Obligados deberán publicar la leyenda siguiente: “El listado de jubilados y pensionados es generado y publicado por el Instituto de Seguridad Social encargado de administrar las cuentas para el Retiro de los Jubilados y Pensionados del Sujeto Obligado.” Además, los Sujetos Obligados publicarán el hipervínculo al sitio de Internet en el que los Institutos de Seguridad Social publiquen los Listados de Jubilados y Pensionados de los primeros, así como el monto de la porción de su pensión que reciban directamente del Estado Mexicano
| Fracción | Aplicabilidad | Periodicidad |
|---|---|---|
| a) El Listado de Jubilados y Pensionados | ![]() |
Trimestral |
| b) Listado de Jubilados(as) y Pensionados(as) y el Monto que reciben | ![]() |
Trimestral |
